España devuelve migrantes mediante rechazo en frontera, expulsión y devolución ordinaria, pero el 90% de las órdenes no se ejecutan. La dependencia de acuerdos con Marruecos, la falta de identificación y los límites judiciales explican el colapso. Este es el panorama real del sistema migratorio también vinculado a la crisis de Ceuta de 2026. Conviene conocer para mejor perfilar las alternativas.
Más de un mes después de que cerca de 80.000 personas cruzaran la frontera de Ceuta a finales de julio de 2026, alrededor de 8.000 migrantes seguían en la ciudad autónoma, entre ellos unos 1.900 menores no acompañados. La Comisión Europea ha presionado para acelerar los retornos, pero las devoluciones no dependen solo de España: su tramitación está condicionada por acuerdos bilaterales, límites judiciales y una arquitectura legal que prioriza la disuasión sobre las garantías.
Seguidamente, partiendo del informe más amplio presentado por EOM, explicamos brevemente cómo están funcionando las devoluciones en España, por qué la mayoría de las órdenes de expulsión no se ejecutan y qué revela la crisis de Ceuta sobre este sistema migratorio criticable desde toda perspectiva.
Tres vías de salida: rechazo, expulsión y devolución
La Ley de Extranjería contempla tres mecanismos generales para expulsar (“devolver” es la expresión políticamente correcta) a personas en situación irregular: la denegación de entrada en puesto fronterizo, la expulsión de quien ya está en territorio español y la devolución de quien es interceptado en frontera o reincide tras una expulsión previa. Cada una exige un expediente individual, garantías procesales y protección judicial.
Pero en 2015 se añadió una cuarta figura, exclusiva para Ceuta y Melilla, el rechazo en frontera conocido como “devolución en caliente”. Esta fórmula permite expulsar de forma automática a quien intente superar vallas u otros elementos de contención, siempre que se respete el derecho internacional y se permita solicitar asilo en el puesto fronterizo. En la práctica, organizaciones como Amnistía Internacional denuncian que el acceso al asilo en estas ciudades es casi inexistente y que muchos migrantes son conducidos a la frontera sin procedimiento alguno.
No todos los migrantes son iguales ante la ley
El procedimiento varía según nacionalidad, vulnerabilidad y la existencia de acuerdos de readmisión. Menores no acompañados, mujeres embarazadas y víctimas de trata tienen protección reforzada que impide la devolución sumaria. Los marroquíes pueden ser retornados de inmediato gracias a un acuerdo bilateral, pero los saharauis, al ser apátridas, no pueden ser devueltos automáticamente.
Un convenio de 1992 entre España y Marruecos permite devolver a migrantes que transitaron por territorio marroquí, pero su aplicación depende de que Rabat confirme el tránsito y expida documentos individuales, algo que casi nunca ocurre. Cuando no hay vía legal de retorno, el Estado recurre a la “contingencia migratoria” para redistribuir a los migrantes entre comunidades autónomas, como hizo Canarias en agosto de 2026 con menores trasladados a la Península.
Asilo acelerado y la etiqueta de “país seguro”
En 2025, la UE introdujo la categoría de “país de origen seguro” para tramitar solicitudes de asilo por procedimiento acelerado. Marruecos figura en esa lista junto a Bangladesh, Colombia, Egipto, Kosovo, India y Túnez. La presunción de seguridad reduce el tiempo para reunir pruebas y perjudica a colectivos como personas LGBT, mujeres víctimas de trata o migrantes subsaharianos que sufren discriminación dentro del propio Marruecos.
Por qué el 90% de las expulsiones no se ejecutan.
Entre 2022 y 2025, España ordenó la salida de 226.850 migrantes, pero solo expulsó a 21.140 (un 9,3%), según Eurostat. Las razones son estructurales:
- Identificación: muchos migrantes llegan sin documentación y determinar la nacionalidad requiere colaboración consular.
- Acuerdos limitados: España solo tiene convenios de devolución con trece países africanos; si el país de origen no responde, la expulsión se paraliza.
- Límites judiciales: una sentencia del TJUE de 2020 obliga a aplicar la Ley de Extranjería y reservar la expulsión para casos con “circunstancias agravantes”, lo que ralentiza los retornos.
- Capacidad administrativa: las órdenes de salida abren primero un plazo voluntario; solo si la persona no se marcha puede ser expulsada por la fuerza, pero para eso hay que localizarla.
La crisis de Ceuta de 2026: retornos “voluntarios” y dependencia marroquí
Durante la crisis de Ceuta de este verano, el Gobierno enmarcó la mayoría de los retornos como “voluntarios”, no como devoluciones formales. En apenas 72 horas regresaron alrededor de 63.000 personas, más del 90%, según fuentes oficiales. Sigue sin estar claro si para los migrantes que aún permanecen en Ceuta este acuerdo se aplicará de nuevo, y bajo qué términos.
El mecanismo de terceros países exige que España presente la solicitud en diez días y pruebe la procedencia, pero depende de que Marruecos expida documentos de admisión individuales. Si Rabat retrasa o niega la documentación, la devolución no se ejecuta y la persona queda en un limbo jurídico, ya que no puede ser devuelta ni regularizada.
Estamos ante un sistema migratorio “roto”.
Depender de Marruecos no funciona ni para proteger derechos ni para garantizar seguridad fronteriza. El convenio de 1992, la confirmación consular y el reconocimiento del tránsito dependen de la voluntad marroquí, lo que deja a miles de menores sin retorno efectivo y a migrantes en situación irregular sin salida legal.
Con solo un 9,3% de las órdenes de expulsión ejecutadas, España gestiona crisis migratorias sin capacidad real de resolverlas. Los 8.000 migrantes que siguen en Ceuta son la prueba de que, mientras la respuesta dependa de la cooperación de un tercer país que decide cuándo colaborar, el sistema seguirá colapsado.
Hay alternativas a estas políticas que se revelan fracasadas además de contrarias a los derechos humanos y de la clase trabajadora. Pero son necesarios la organización y la movilización para imponerlas.
- [1] ¿Cómo funcionan las devoluciones de migrantes en … https://elordenmundial.com/devolucion-migrantes-espana/
- [2] Extranjería – Devolución de Extranjeros https://sede.policia.gob.es/portalCiudadano/_es/tramites_extranjeria_masinfo_devolucionextranjeros.php
- [3] El Tribunal Supremo confirma que la ley no permite las “ … https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-Tribunal-Supremo-confirma-que-la-ley-no-permite-las–devoluciones-en-caliente–de-los-migrantes-que-pretenden-entrar-a-nado-en-Ceuta-y-Melilla
- [4] ¿Qué son las devoluciones en caliente? 7 claves para … https://www.es.amnesty.org/en-que-estamos/blog/historia/articulo/que-son-las-devoluciones-en-caliente-7-claves-para-comprenderlo/
- [5] Las devoluciones de migrantes irregulares han subido en España https://www.newtral.es/devoluciones-migrantes-espana/20240411/
- [6] España: Nueve ONG piden al gobierno que ponga fin a las … https://www.es.amnesty.org/en-que-estamos/noticias/noticia/articulo/espana-nueve-ong-piden-al-gobierno-que-ponga-fin-a-las-devoluciones-en-caliente/
- [7] Por qué España no puede devolver a todos … https://www.vozpopuli.com/espana/devolucion-inmigrantes-irregulares-paises-origen_0_1414059533.html
- [8] La ley fija un plazo de 72 horas para devolver migrantes https://www.rtve.es/noticias/20260801/ley-fija-plazo-devoluciones-inmigrantes-repatriacion/17176167.shtml
- [9] Te explicamos el procedimiento de devolución de inmigrantes a … https://www.rtve.es/noticias/20210519/devoluciones-inmigrantes-frontera-asi-funciona-procedimiento/2091069.shtml
- [10] La letra pequeña de las «devoluciones en caliente»: qué permite la Ley de Extranjería y qué limita el Supremo https://www.democrata.es/tribunales/ceuta-inmigracion-devoluciones-caliente-ley-extranjeria-tribunal-supremo/
- [11] El Orden Mundial (@elOrdenMundial) / Posts / X – Twitter https://x.com/elOrdenMundial
