La propuesta del Gobierno español de reformar la Constitución para incluir el aborto dentro de un artículo que no conlleva ninguna obligación jurídica real para las administraciones públicas es peor que un brindis al sol. Como explica el siguiente resumen del artículo de Joaquin Urías publicado en Diario.es (muchos más juristas se han pronunciado en el mismo sentido), si realmente se lleva a cabo esta reforma constitucional, el aborto dejaría de ser un derecho fundamental efectivo para pasar a ser un simple objetivo político no exigible judicialmente.
Crónica Camp de Turia
La promesa vacía del derecho al aborto
Urías empieza recordando un ejemplo paradigmático: el artículo 47 de la Constitución, que proclama que «Todos tienen derecho a una vivienda digna y adecuada«. Después de medio siglo, este derecho no se ha traducido en medidas reales y efectivas. Según él, esto no ocurre porque la Constitución sea inútil, sino porque «al igual que contiene mandatos jurídicos inviolables también tiene apartados destinados específicamente a declamar principios espectaculares sin valor práctico«.
La clave de esta diferencia está en la propia arquitectura de la Constitución: «Los derechos que están en los artículos 14 al 38 son intocables y tienen eficacia jurídica directa. No obstante, todo lo que está en el capítulo tercero –es decir en los artículos 39 al 52–, aunque se formule como derecho, es un mandato abierto a los poderes públicos que éstos pueden cumplir o no.»
El movimiento del Gobierno: estrategia o protección?
El Gobierno de Pedro Sánchez ha propuesto reformar el artículo 43 para incluir el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo. Pero este artículo forma parte del capítulo III, es decir, de aquella sección de la Constitución que no permite a los ciudadanos recurrir a los tribunales para exigir su cumplimiento. Urías es tajante: «Con una reforma de este tipo sólo sería inconstitucional una ley que quisiera prohibir absolutamente el aborto.»
La consecuencia de esta reforma sería, por tanto, una pérdida de garantías. El aborto dejaría de ser un derecho fundamental para convertirse en una especie de intención política. «Igual que el derecho del 47 a una vivienda digna no obliga a políticas de vivienda digna, el derecho al aborto en el 43 no hará obligatorias políticas públicas que aseguran en todo caso el derecho al aborto.»
Un retroceso legal en toda regla
El artículo apunta que, a estas alturas, el Tribunal Constitucional español considera que el aborto forma parte del derecho fundamental a la integridad física y moral, reconocido en el artículo 15. Esta posición permite a las mujeres acudir a los tribunales si se les deniega el aborto, invocando directamente la Carta Magna. Urías alerta del riesgo real que supone la reforma: «Si prospera la reforma propuesta por el Gobierno esto podría dejar de ser así.»
La interpretación judicial posterior podría entender que la voluntad del legislador ha sido la de situar el aborto fuera del núcleo duro de los derechos fundamentales. Y ello, en palabras del propio autor, conllevaría que este derecho «convertido en simple principio orientador, perdería toda su protección actual.»
¿Reforma o espectáculo? El verdadero objetivo político
¿Por qué, si se quiere blindar el aborto, no se reforma el artículo 15? Urías tiene una respuesta contundente: «Porque la propuesta del Gobierno que preside Pedro Sánchez no busca prioritariamente garantizar el aborto, sino profundizar en las contradicciones en las que navega el Partido Popular en este tema.» Es decir, más que proteger a las mujeres, la iniciativa persigue desgastar a la oposición y ganar réditos electorales.
Si se modificara el artículo 15, se requeriría una reforma más compleja: mayoría de dos tercios del Congreso (234 diputados) y la disolución inmediata de las Cortes con convocatoria de elecciones. En cambio, el cambio en el artículo 43 sólo necesita 210 votos (tres quintos) y no implica nuevas elecciones. Así, Urías afirma que el Gobierno «prefiere recortar el derecho al aborto antes que correr el riesgo de no agotar la legislatura.»
Alternativas ignoradas y oportunidades perdidas
Aunque existían alternativas técnicas, éstas tampoco se han considerado. Urías apunta que incluso se podría haber creado un nuevo artículo 32 con la protección del aborto al nivel de la propiedad privada. Pero el autor considera que «los cálculos electoralistas y el efectismo a veces no son compatibles con la finura jurídica ni el compromiso real con los derechos fundamentales.»
El espectáculo antes que el derecho
El diagnóstico final es demoledor: «En el mundo del populismo y el espectáculo nuestros gobernantes priorizan el show mediático sobre la mejora efectiva de la vida de las personas.» Y advierte de que aunque «quizás funcione a corto plazo,» la estrategia supone «manosear la Constitución y arriesgarse a sacrificar el derecho fundamental al aborto por simples cálculos electoralistas.»