Este martes 10 de marzo 2026, el Gobierno ha fijado por real decreto el 29 de diciembre de 1978 como límite temporal para las indemnizaciones previstas en la Ley de Memoria Democrática, dejando fuera a decenas de personas asesinadas por la ultraderecha o por las fuerzas de seguridad durante los primeros años de la democracia. El dictamen de la comisión de expertos creada por la propia ley para estudiar exactamente esta cuestión permanece inédito.
El 4 de marzo de 2026, el Boletín Oficial del Estado publicó el Real Decreto-ley 6/2026, de 3 de marzo, que modifica la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática. La norma introduce una nueva disposición adicional vigésima que reconoce el derecho a una indemnización de 250.000 euros a los familiares de quienes fallecieron «en defensa y reivindicación de las libertades y derechos democráticos» entre el 1 de enero de 1968 y el 29 de diciembre de 1978. Ese segundo límite coincide con la entrada en vigor de la Constitución española y es, precisamente, donde reside la controversia: todo lo que ocurrió después de esa fecha queda fuera.
La decisión no es menor. Durante los primeros años de la democracia formal, la represión política no se detuvo. La ultraderecha organizó y ejecutó asesinatos con una impunidad que, en varios casos documentados, contó con complicidades dentro del propio aparato del Estado. Al mismo tiempo, unidades de las fuerzas de seguridad —herederas directas de los cuerpos franquistas, sin depuración alguna— continuaron matando en manifestaciones o deteniendo y liquidando a personas bajo acusaciones falsas de terrorismo. Para las familias de aquellas víctimas, el decreto del Gobierno de Pedro Sánchez equivale a un segundo abandono institucional.
El decreto sin el dictamen
La Ley de Memoria Democrática de 2022 contemplaba explícitamente esta problemática. Su disposición adicional decimosexta ordenaba la creación de una comisión técnica de especialistas encargada de elaborar un estudio sobre las vulneraciones de derechos humanos ocurridas hasta el 31 de diciembre de 1983, y de señalar «posibles vías de reconocimiento y reparación». La fecha de 1983 no era arbitraria: con la llegada del PSOE al poder ese año y la progresiva normalización institucional, el movimiento memorialista considera que se alcanzó lo que se ha dado en llamar una «soltura democrática», que marca el fin del período de mayor riesgo para los activistas políticos.
La comisión se constituyó en abril de 2024 e incluyó a figuras de reconocido prestigio académico e institucional: el cofundador de Comisiones Obreras Nicolás Sartorius, la abogada y presidenta del Movimiento por la Paz Francisca Sauquillo, y los catedráticos de historia José Álvarez Junco, Araceli Manjón-Cabeza, Carmen Molinero, Antonio Rivera y Encarnación Lemus, entre otros. Su mandato era emitir resolución en menos de un año.
Según el portavoz del Colectivo de Olvidados de la Transición (COT), Javier Almazán, tanto el secretario de Estado de Memoria Democrática, Fernando Martínez, como la directora general de Memoria, Zoraida Hijosa, han reconocido ante su organización que el dictamen ya está finalizado y obra en poder del Ejecutivo. Sin embargo, el Gobierno aprobó el decreto-ley sin publicarlo ni esperar a que su contenido fuera conocido. El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, con Ángel Víctor Torres al frente, no respondió a las preguntas de La Marea sobre este extremo.
El caso Almería: asesinados bajo la Constitución
Entre las víctimas que quedan fuera del derecho a indemnización se encuentra el caso más emblemático y documentado de violencia de Estado en la democracia española. El 10 de mayo de 1981, los cuerpos calcinados y acribillados de Luis Cobo Mier (29 años), Juan Mañas Morales (24 años) y Luis Montero García (33 años) aparecieron dentro de su Ford Fiesta en un barranco de la carretera de Gérgal, en Almería. Los tres eran trabajadores afincados en Santander que viajaban hacia el sur para asistir a la comunión del hermano pequeño de Mañas.
Habían sido detenidos a punta de pistola en Roquetas de Mar por agentes de la Guardia Civil que los confundieron —o afirmaron confundir— con miembros de un comando de ETA. Tres días antes, el 7 de mayo, la organización terrorista había atentado en Madrid contra el teniente general Joaquín de Valenzuela, jefe de la Casa Militar del Rey Juan Carlos I, causando la muerte de tres de sus acompañantes. La cacería fue indiscriminada. Llevados a las ruinas de un cuartel en el Cabo de Gata, los tres jóvenes fueron torturados, ejecutados y sus cuerpos arrojados al barranco dentro del vehículo al que prendieron fuego. (Wikipedia: Caso Almería)
La versión oficial inicial de la Guardia Civil presentó a las víctimas como terroristas abatidos en un intento de fuga. Sólo la presión periodística y judicial forzó el reconocimiento de los hechos reales. En julio de 1982, la Audiencia Provincial de Almería condenó al teniente coronel Carlos Castillo Quero a 24 años de prisión, al teniente Manuel Gómez Torres a 15 y al guardia Manuel Fernández Llamas a 12, con la atenuante de obediencia debida, por tres delitos de homicidio —no de asesinato—. Ocho de los once guardias civiles implicados quedaron sin condena. Castillo Quero salió en libertad condicional el 20 de julio de 1992 y murió en 1994. (El Diario, mayo 2021)
Lo que se supo después agravó el escándalo: en 1999, El País reveló que los tres condenados, ya expulsados de la Guardia Civil, habían cobrado durante años con cargo a los fondos reservados del Ministerio del Interior, incluso durante los gobiernos socialistas de Felipe González. Nadie ha rendido cuentas por ello. En enero de 2023, el Gobierno celebró finalmente un acto de desagravio simbólico con las familias en la Subdelegación del Gobierno en Almería, en el que el secretario de Estado Fernando Martínez pidió perdón «desde el corazón del Estado». Los diplomas de reparación entregados entonces no van acompañados, a día de hoy, de indemnización económica alguna. (El Diario, enero 2023)
Francisco Mañas, hermano pequeño de Juan y hoy con 53 años, no entiende la exclusión: «No entiendo qué argumentos tiene el PSOE para dejarnos fuera de la posibilidad de indemnización. Parece que el caso Almería es un tema tabú, como que da miedo. Quizá porque intervino la Guardia Civil, o porque todavía queda algún secreto guardado».
Montañés y Martínez: asesinados en una manifestación legal
El 13 de diciembre de 1979, en el transcurso de una manifestación legalizada de trabajadores y estudiantes en Madrid, disparos de la Policía mataron a José Luis Montañés Gil (22 años) e hirieron a otros tres manifestantes de bala. En la misma movilización fue abatido Emilio Martínez Menéndez (20 años). Ambos murieron a manos de unos cuerpos de seguridad que, según sus propias familias y según abundante evidencia histórica, no habían experimentado ninguna transformación real con la promulgación de la Constitución un año antes.
Javier Montañés, hermano de José Luis, lo expresa con precisión: «La Policía franquista de diciembre de 1978 no se transformó en otra Policía en enero de 1979. Eran los mismos agentes. No hubo ninguna varita mágica que hiciera cambiar sus métodos represivos». Su hermana Mari Carmen Martínez, hermana de Emilio, añade que el decreto del Gobierno supone «una revictimización»: «Nos acompañan en los actos, en lo simbólico, pero por otro lado nos esconden de nuevo». Y apunta el argumento que los movimientos memorialistas repiten como el más contundente: «Si los mataron ya con la Constitución vigente, más grave es».
Un mapa de la violencia después del 78
El caso Almería y los asesinatos de Montañés y Martínez no son excepcionales; son los más documentados de un período caracterizado por la persistencia de la violencia política una vez formalmente instaurada la democracia. El Colectivo de Olvidados de la Transición y otras organizaciones memorialistas han reconstruido, a partir de hemerotecas, archivos judiciales y testimonios, una parte de ese mapa:
- Andrés García Fernández, 18 años, asesinado en la calle Goya de Madrid a finales de abril de 1979 por un grupo de jóvenes, uno de los cuales portaba un brazalete con una cruz gamada.
- Yolanda González Martín (Bilbao, 1961 – Madrid, 1 de febrero de 1980): líder estudiantil de 19 años, delegada en la Coordinadora de Estudiantes de Enseñanzas Medias de Madrid y militante del Partido Socialista de los Trabajadores (PST), fue secuestrada en su piso del barrio de Aluche por un comando de Fuerza Nueva, torturada y ejecutada con disparos en la cabeza. Su cuerpo apareció al día siguiente en una cuneta de la carretera de San Martín de Valdeiglesias. El principal condenado, Emilio Hellín Moro, que cumplió 14 de los 43 años impuestos, huyó durante un permiso penitenciario en 1987 y no fue extraditado hasta años después. Entre las aristas del caso, la investigación judicial reveló que entre los secuestradores había un Policía Nacional y un guardia civil, y que quien había ordenado la operación era otro guardia civil, David Martínez Loza, jefe de Seguridad de Fuerza Nueva. (Wikipedia: Yolanda González)
- Vicente Cuervo, delegado de la sección sindical de CNT en Telefunken, asesinado de un disparo por un militante de Fuerza Nueva en Vallecas en febrero de 1980. Reconocido como víctima del terrorismo, a diferencia de la mayoría de los casos aquí citados.
- Jorge Caballero, apaleado y apuñalado hasta la muerte por varios militantes de extrema derecha en marzo de 1980.
En ninguno de estos casos existe un censo oficial que los agrupe y contabilice. España no dispone de un registro público de víctimas políticas de la Transición y los primeros años de la democracia.
La trampa del decreto-ley y el reglamento que no llega
El movimiento memorialista señala dos problemas de fondo que van más allá de la polémica sobre el límite temporal. El primero es de método: el Gobierno ha utilizado un decreto-ley —una norma de urgencia que elude el debate parlamentario— para fijar un límite que la propia ley encargó estudiar a una comisión de expertos. Al hacerlo antes de publicar el dictamen, el Ejecutivo ha prejuzgado la conclusión del proceso que él mismo puso en marcha.
El segundo problema es estructural. La Ley 20/2022 de Memoria Democrática carece aún de reglamento de desarrollo. Sin él, buena parte de sus previsiones son papel mojado. «Sin el reglamento no podemos articular una prohibición de las manifestaciones fascistas», señala Nerea Fulgado, portavoz de La Comuna-Asociación de presxs y represaliadxs por la dictadura franquista, organización que participó en las negociaciones previas a la ley. «Tenemos la sensación de quedarnos siempre a medias y que sea algo cosmético por parte del PSOE».
Javier Almazán, del COT, resume la situación con la frialdad de quien lleva décadas en esta lucha: «Ahora mismo no sabemos si los muertos después de diciembre de 1978 se consideran víctimas».
Referencias normativas y documentales:
- Real Decreto-ley 6/2026, de 3 de marzo (BOE núm. 56, 4 de marzo de 2026): https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-5060
- Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática: https://www.boe.es/eli/es/l/2022/10/19/20
- Caso Almería – Wikipedia: https://es.wikipedia.org/wiki/Caso_Almer%C3%ADa
- Caso Almería – Público (reportaje): https://www.publico.es/politica/caso-almeria-relato-inapelable-terrorismo.html
- Acto de reparación del Gobierno a las familias del caso Almería – El Diario (enero 2023): https://www.eldiario.es/andalucia/almeria/gobierno-reparara-simbolicamente-victimas-caso-almeria-40-anos-olvido_1_9861042.html
- Yolanda González Martín – Wikipedia: https://es.wikipedia.org/wiki/Yolanda_Gonz%C3%A1lez
- Colectivo Desmemoriados (caso Almería): https://desmemoriados.org/project/caso-almeria/
- La Marea (Guillermo Martínez, 10/03/2026): https://www.lamarea.com/2026/03/10/memoria-1978-1983/
